Supervisión financiera para el siglo XXI: el reto de adaptar la regulación a las instituciones digitales
15 de junio de 2025. Por el Foro Ramón Santillán de Regulación Financiera Digital
La transformación digital del sistema financiero ha dado lugar a nuevas entidades, productos y modelos operativos que desafían los esquemas tradicionales de supervisión. Ya no hablamos solo de “bancos digitales”, sino de instituciones financieras nativas digitales, muchas de ellas sin sucursales, sin estructuras jerárquicas al uso y con operaciones automatizadas, en tiempo real y basadas en tecnologías distribuidas. Este ecosistema incluye desde plataformas de pago y neobancos hasta proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs), custodios blockchain, emisores de stablecoins o plataformas de finanzas descentralizadas (DeFi). Frente a esta realidad, la regulación y los supervisores aún operan con lógicas analógicas, generando tensiones crecientes que ya no se pueden ignorar.
La entrada en vigor del Reglamento MiCA (Markets in Crypto-Assets), prevista para el 30 de diciembre de 2024, supone un primer intento serio de encauzar normativamente una parte de este nuevo entorno financiero. MiCA define con claridad qué es un criptoactivo, quién puede emitirlo, cómo deben comportarse los proveedores de servicios, y establece un marco de autorización y supervisión armonizado en toda la UE. Es, sin duda, un paso necesario. Pero su implementación efectiva requiere una reforma profunda de los procesos y capacidades de los supervisores nacionales, incluida la CNMV, designada como autoridad competente en España para los criptoactivos.
El problema no es la norma en sí, sino su aplicación práctica. ¿Están preparados los supervisores para analizar whitepapers técnicos con código fuente? ¿Cuentan con personal que entienda los smart contracts y la lógica de los protocolos DeFi? ¿Tienen herramientas para realizar inspecciones automatizadas o analizar datos on-chain? Si la respuesta es negativa, como parece ser en muchos casos, existe el riesgo de que la supervisión se convierta en un cuello de botella, ralentizando la innovación sin mejorar la protección del inversor.
Además, persisten zonas grises regulatorias que MiCA no resuelve por completo: la interacción entre identidades descentralizadas y KYC, el tratamiento fiscal y contable de tokens, la compatibilidad entre MiCA y otras normas como DORA o AMLD6, y la supervisión de operaciones que se ejecutan sin intermediarios. En este contexto, la clave no es multiplicar las normas, sino desarrollar una supervisión inteligente, proporcional y tecnológicamente adaptada.
Las instituciones financieras digitales, incluidas las cripto, no piden trato de favor. Piden reglas claras, procesos transparentes y tiempos razonables. Quieren saber qué espera de ellas el supervisor, cómo se les va a evaluar y qué margen tienen para innovar sin incurrir en incumplimiento. Y sobre todo, piden interlocución: foros técnicos, guías interpretativas, espacios de consulta ágil. En definitiva, supervisión con criterio y con canales.
Desde el Foro Ramón Santillán de Regulación Financiera Digital, creemos que es urgente dotar al sistema de mecanismos adecuados para supervisar realidades digitales. Proponemos una alianza entre regulación, supervisión y práctica profesional, que permita construir un marco más eficaz, más adaptado y más útil para todos. Porque si no se transforma el supervisor, la norma por sí sola no bastará. Y la innovación, sin una supervisión capacitada, puede convertirse en un riesgo innecesario o en una oportunidad perdida.